Esta nomenclatura es un acrónimo de las iniciales de las palabras: Intangible, Nominal, Transitorios y de Orden.
A partir de la definición de Capital Propio aparecida en el artículo 41 de la Ley del Impuesto a la Renta (D.L. 824/74), que dice: "Se entenderá por capital propio la diferencia entre el activo y el pasivo exigible al comienzo del ejercicio comercial, debiendo rebajarse previamente los valores intangibles, nominales, transitorios y de orden y otros que determine la Dirección Nacional, que no representen inversiones efectivas.", es que se comienza a utilizar el término valores INTO.
Pero veamos, con alguna explicación más detallada, que se entiende por cada uno de estos valores INTO.
1. Valores Intangibles.
Un activo intangible es un activo monetario identificable, sin esencia física y es identificable cuando es separable, es decir, es capaz de ser separado o dividido de la entidad y vendido, transferido, licenciado, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo o pasivo respectivo.
Por ejemplo:
- Derechos de llaves
- Derechos de fabricación
- Marcas
- Patentes
- Derechos de Autor
- Concesiones
Si los valores con que figuran contabilizados estos derechos representan meras estimaciones (valorizaciones financieras), es decir, cuando su adquisición no hubiere significado para la empresa una inversión o desembolso efectivo, dichos valores deben deducirse del activo por su monto íntegro. No así el derecho de llaves efectivamente pagado. O una patente de fabricación por la que se pagó alguna suma de dinero.
2. Valores Nominales.
Primero, no se debe confundir con el valor que se le da a una acción que representa una parte proporcional del capital de la sociedad, que es el valor que resulta de dividir el capital social entre el número de acciones de la empresa.
En este caso, se trata de valores considerados entre los activos pero solo de forma nominal (por su nombre, al estar en la columna de Activos en el balance tributario o de ocho columnas) ya que no son tales. Por ejemplo, las pérdidas de arrastre, que si bien es una cuenta de Patrimonio, en el balance de ocho columnas, puede aparecer en los activos por su saldo deudor.
3. Valores Transitorios.
Estas cuentas se emplean para reflejar operaciones que, debido a contratos o situaciones eventuales, impiden efectuar cargos o abonos a las cuentas correspondientes que reflejarían la operación comercial. Como su nombre lo indica (transitorias), al cesar el contrato o la eventualidad que lo motivó, se anulan de la contabilidad.
Algunos ejemplos:
- Reclamaciones pendientes;
- Partidas en suspenso;
- Diferencia en caja;
- Gastos Anticipados, etc.
De conformidad a la norma, deben deducirse asimismo del activo los valores transitorios que no representen inversiones efectivas, como es el caso, según lo expresa la Circular N° 100 de 1975, de los dividendos transitorios y de los retiros personales.
4. Valores de Orden.
Las cuentas de orden son aquellas que controlan operaciones que no alteran la naturaleza de los bienes, derechos u obligaciones de un ente. En términos simples, son aquellas cuentas cuyo único objeto es reflejar responsabilidades u otro tipo de información en las empresas.
Las cuentas de orden, al no afectar directamente la situación financiera y resultados de una entidad, no son cuentas de balance (activos o pasivos) ni de resultado (pérdidas o ganancias), por lo que no aparecen en los estados financieros.
Algunos ejemplos:
- Depósitos en prenda
- Mercancías en comisión
- Documentos descontados
- documentos endosados
- Documentos en factoring
- Avales otorgados, etc.
De este tema no existe mucha información, parte de lo acá expuesto se encontró en internet.
Espero que les sirva especialmente a los estudiantes de Contador General o Contador Auditor.